Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2018-S3
Fecha: 29-Oct-2018
II.6.
II.6. Mediante Auto de Vista 532/2017 de 15 de septiembre, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, anuló obrados hasta el Auto de 3 de febrero de 2017, disponiendo que de manera inmediata el Juez de primera instancia reencause el trámite del proceso conforme los lineamientos del presente fallo (fs. 203 a 204 vta.).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- Fragmento 9
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la fundamentación y congruencia de las resoluciones
- La congruencia por su parte
- asegurar la estricta correspondencia entre lo peticionado y probado por las partes
- como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- ultra petita
- Fragmento 22
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 24
- CONFIRMAR