SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2018-S3
Fecha: 29-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia como lesionado su derecho al debido proceso en sus elementos defensa, impugnación, emisión de una resolución congruente y control de prueba; debido a que dentro del proceso social de cobro de beneficios sociales seguido en su contra, el memorial de planteamiento de excepciones y respuesta negativa a la demanda fue declarado extemporáneo, desconociéndose el plazo de distancia en virtud a un documento que no era parte del proceso, sin darle oportunidad de ejercer el control de dicha prueba; por lo que, planteó recurso de reposición bajo alternativa de apelación, rechazada por el Juez de primera instancia, sin que tenga competencia, decisión recurrida en compulsa y en vía de saneamiento procesal, el mismo juzgador mantuvo incólume la resolución impugnada y concedió la apelación en efecto devolutivo, habiendo sido resuelto por los Vocales demandados, quienes harían incurrido en incongruencia aditiva cuando emitieron el Auto 113/2018 de 28 de febrero.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- Fragmento 9
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la fundamentación y congruencia de las resoluciones
- La congruencia por su parte
- asegurar la estricta correspondencia entre lo peticionado y probado por las partes
- como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- ultra petita
- Fragmento 22
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 24
- CONFIRMAR