Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2018
Fecha: 02-Dic-2018
II.2.1. Análisis y Fundamentación
De donde se tiene que el estatuyente municipal, al redactar de la disposición desarrolló supuestos relacionados a la cesación de funciones, aspecto que daría lugar a que los concejales suplentes asuman la titularidad tal como señala en la primera parte del artículo; sin embargo, de igual manera señala que ante una ausencia temporal, el concejal suplente también asuma la titularidad; sin tomar en cuenta que la ausencia temporal se basa en el criterio de temporalidad e implica una ausencia temporal, es decir la separación del cargo será de manera temporal al igual que la suplencia.
- I. ANTECEDENTES
- II.1. Sobre la declaratoria de compatibilidad de los arts. 32.II.21 y 44.I.27
- Fragmento 3
- DCP 0098/2018 de 12 de diciembre
- el procedimiento para la disposición de bienes así como la calificación de los mismos entre otros deberá ser establecido por ley del nivel central del Estado, no correspondiendo a la Carta Orgánica definir qué bienes serán los susceptibles de enajenación
- por cuanto se estableció qué al existir una reserva de Ley, a favor del Nivel Central del Estado, no corresponde a la COM definir su enajenación por Ley Municipal, o los bienes qué serán susceptibles de enajenación
- la incompatibilidad
- II.2.1. Análisis y Fundamentación
- cuando el impedimento es temporal,
- es definitivo
- asambleístas suplentes
- SUSTITUCIÓN DE AUTORIDADES LEGISLATIVAS).
- La sociedad civil se organizará
- establece obligatoriamente la coordinación con las organizaciones sociales,
- Independencia y Autonomía
- Artículo 6. (ACTORES DE LA PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL).
- Los Gobiernos Autónomos Municipales no podrán definir,
- de manera independiente y sin discriminación
- no es prerrogativa de un sector en particular
- ejercicio de los derechos
- los derechos que vayan a ser establecidos en una norma básica institucional se encuentren relacionados con el ámbito de sus competencias
- fin y función del