SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2018-S1

Fecha: 05-Dic-2018

segundo agravio

El segundo agravio refiere que, no obstante a que el delito de falso testimonio fue cometido en la ciudad de Bermejo y que es investigado en otro proceso distinto al de la causa penal de referencia, sirvió como fundamento para declinar la competencia; asimismo, el Juez de primera instancia que conocía la causa por más de un año y seis meses decidió declinar su competencia de manera anómala; sobre este agravio los Vocales -ahora demandados- señalaron que la apelante pretende justificar sus motivos expuestos sin respaldo de ningún elemento idóneo, mencionando supuesta parcialización por parte del Juez de primera instancia; por lo que cabe invocar a la SC 1414/2010-R, así como el principio de seguridad jurídica previsto en los arts. 178 y 180 de la CPE, máxime si se considera que los argumentos expuestos por la apelante son insuficientes para cambiar la determinación, argumentos con los que dicho Tribunal dio por respondido este agravio.

Sobre el segundo agravio, referente a que el delito de falso testimonio está siendo investigado en un proceso distinto; empero, el Juez inferior lo usó como uno de sus fundamentos para declinar la competencia de forma extraña; los Vocales demandados señalaron simplemente que la accionante no adjuntó respaldo probatorio que justifique sus argumentos de apelación, mencionado una sentencia constitucional sin explicar de qué forma aplicaría dicha jurisprudencia y el principio de seguridad jurídica -arts. 178 y 180 de la CPE-, además no explicaron por qué consideraban que los argumentos fueron insuficientes para cambiar la determinación; por lo que, la cuestionada resolución se tornó en insuficientemente motivada y fundamentada ya que no expusieron de manera clara las razones y fundamentos que sustenten dicha determinación.