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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2018-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2018-S4

    Fecha: 18-Dic-2018

    I.2.2.

    Juan Urbao Pereira Olmos , Ximena Katty Joaniquina Bustillos y Germán Apolinar Miranda Guerrero, Vocales de la Sala Única del Tribunal  Departamental de Justicia de Pando, no presentaron informe escrito y tampoco asistieron a la audiencia de consideración de la presente acción, pese a sus legales citaciones a fs. 28 a 30.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.  Audiencia y resolución del Juez de garantías
    • I.2.2.
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • denegó
    • II.1.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.1.1.     Sobre el principio de legalidad
    • el principio de legalidad, es la aplicación objetiva de la ley, propiamente dicha, a los casos en que deba aplicarse; evitando así una libre interpretación o aplicación caprichosa de la norma
    • III.1.2. Sobre el principio de seguridad jurídica
    • III.2. La explicación o complementación como medio para aclarar alguna parte de la resolución judicial o suplir una omisión en la decisión principal y su impugnabilidad
    • III.3. El recurso de reposición en el Código de Procedimiento Civil
    • 'Las resoluciones dictadas en ejecución de Sentencia podrán ser apeladas sólo en el efecto devolutivo, sin recurso ulterior'
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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