SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2018-S4
Fecha: 18-Dic-2018
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 3/2018 de 6 de julio, cursante de fs. 42 a 50 vta., pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Tercero del departamento de Pando; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de 11 de enero de 2018, dictado por las autoridades demandadas; y, consiguientemente, se dispone que las mismas emitan una nueva resolución rechazando el recurso de reposición formulado por Oscar Kaiser Iturria contra el Auto de 21 de noviembre de 2017, en los términos expuestos en el presente fallo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y resolución del Juez de garantías
- I.2.2.
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. Sobre el principio de legalidad
- el principio de legalidad, es la aplicación objetiva de la ley, propiamente dicha, a los casos en que deba aplicarse; evitando así una libre interpretación o aplicación caprichosa de la norma
- III.1.2. Sobre el principio de seguridad jurídica
- III.2. La explicación o complementación como medio para aclarar alguna parte de la resolución judicial o suplir una omisión en la decisión principal y su impugnabilidad
- III.3. El recurso de reposición en el Código de Procedimiento Civil
- 'Las resoluciones dictadas en ejecución de Sentencia podrán ser apeladas sólo en el efecto devolutivo, sin recurso ulterior'
- III.4. Análisis del caso concreto
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