SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2018-S4

Fecha: 20-Dic-2018

iii)

iii)  La distribución de competencias efectuada por el legislador constituyente en el art. 180.III de la CPE, entrega en primera instancia la competencia de conocer el juzgamiento de delitos a los tribunales y jueces ordinarios que en esencia se constituyen en los jueces naturales -la regla respecto a los jueces penales militares quienes tienen reservada su competencia a delitos cometidos por efectivos militares activos en razón del servicio o la función -la excepción-, por ello y considerando los derechos comprometidos, la excepción debe tener una interpretación restrictiva respecto a la regla (…).