SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0024/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0024/2018-S2

Fecha: 28-Feb-2018

siempre que ésta cumpla una función social

El derecho a la propiedad se encuentra reconocido en el art. 56 de la CPE, que establece en el parágrafo I que: “Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que ésta cumpla una función social”; añadiendo en el parágrafo II que: “Se garantiza la propiedad privada siempre que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo” (todas las negrillas son nuestras).