SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2018-S1

Fecha: 01-Mar-2018

II.3.

II.3.    Conforme se tiene del Acta de Audiencia Pública de Juicio Oral el mencionado Tribunal, emitió el Auto 219/2015, de 24 de julio, declarando a la ahora accionante “REBELDE” en aplicación de lo dispuesto por el art 89 del CPP, debido a que esta no concurrió a dicha audiencia. Sin embargo, inmediatamente emitida la resolución citada, Aydeé Nava Andrade, se hizo presente arguyendo, haber salido de una consulta con el Neurólogo y así también autorizando el copatrocinio del abogado “Vildoso” (sic), quien en el mismo actuado solicitó se complemente la anterior resolución, debido a que la ley prevé un plazo para la justificación de la incomparecencia, por lo que el referido Tribunal de Sentencia Penal Segundo, emitió el Auto 220/2015, de 24 de julio, disponiendo “NO HA LUGAR” a la complementación              (fs. 96 a 97).