SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2018-S2

Fecha: 12-Mar-2018

II.1.

II.1.    Mediante Resolución Sancionatoria AN-GRLGR-ULELR 032/12 de              29 de junio de 2012, el Gerente Regional de La Paz a.i., de la ANB, José Blacud Morales, declaró probada el Acta de Intervención Contravencional AN-GRLPZ-UFILR-AI-10/2012 de 4 de abril, emitida contra la empresa “NORDICBUSS S.R.L.”, de acuerdo a los arts. 160.4 y 181 inc. b) y último párrafo, del CTB, modificado por el art. 21 de la Ley 100, por introducir a territorio nacional mercancía prohibida de importación, en virtud a lo previsto en el art. 181 del mismo Código, concordante con el DS 29836; disponiendo, en ese orden, el comiso definitivo de la mercancía descrita en el Acta de Intervención Contravencional –vehículo tracto camión volvo con placa de control 2441HEA, declarado según FRV 100056519, en la DUI 2010/234/C-78 (fs. 53 a 59)–, y su posterior disposición en mérito a lo estipulado por el DS 220 de 22 de julio de 2009; anulando por otro lado, la DUI inherente a la mercancía declarada en contrabando. Decisión asumida considerando que, el motorizado sujeto a control diferido regular, no tenía correspondencia entre lo declarado en el FRV y la DUI, con lo verificado físicamente, tratándose de un vehículo que por sus características se hallaba prohibido de importación desde                                el 13 de mayo de 2009; presumiéndose que se acondicionó de camión hormigonero a un tracto camión, con el objeto de evadir la prohibición instituida en el DS 123, de nacionalizar mercancías (motorizados), identificados en subpartidas del Arancel Aduanero de Bolivia, prohibidas y/o restringidas en su año y modelo, como la 8701.20.00.00                     (fs. 112 a 119).