SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0091/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0091/2018-S4

Fecha: 27-Mar-2018

Fragmento 24

Conforme se tiene del Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, en este caso vinculada a una supuesta incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico en relación a la limitación contenida en el art. 314.I del CPP, el  accionante debe hacer una sucinta relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa desarrollada por la o las autoridades judiciales demandadas; en el caso bajo examen, en el memorial de la presente acción, el impetrante de tutela alega que los demandados desconociendo los mandatos legales (refiriéndose al citado art. 341.I del CPP), procedieron a tratar nuevamente la excepción de prescripción, cuando la misma ya se había resuelto en audiencia conclusiva, no debiendo dichas autoridades (Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz) admitido la tramitación, y que el Tribunal de alzada, convalidando tal inobservancia, desconoció el trámite previsto por el art. 314.I del CPP, que dispone que “Las excepciones se tramitarán por la vía incidental por una sola vez…”, así como lo dispuesto por el art. 315.IV de la citada norma procesal, que ordena “El rechazo de las excepciones y de  los incidentes impedirá  que sean planteados nuevamente por los mismos motivos”.