Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018-S1
Fecha: 23-Mar-2018
acción de libertad
En revisión la Resolución 18/2017 de 20 de noviembre, cursante de fs. 67 a 68, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por María Lorena Gonzales Santander en representación sin mandato de Luis Carlos Santander contra Ana María Villa Gomez Oña y Víctor Luis Guaqui Condori, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo, Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera, y la “Secretaria Abogada” de dicho Juzgado; y, Román Castro Quisbert, Juez de Instrucción Penal Primero, todos del referido departamento; y, Neyva Choque Callizaya, Fiscal de Materia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la obligación del juzgador de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar
- causales de improcedencia de la detención preventiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- Artículo 271. (Lesiones Graves y Leves).
- ARTÍCULO 298.-
- daño físico o psicológico