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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018-S1

    Fecha: 23-Mar-2018

    Artículo 271. (Lesiones Graves y Leves).

    “Artículo 271. (Lesiones Graves y Leves). Se sancionará con privación de libertad de tres (3) a seis (6) años, a quien de cualquier modo ocasione a otra persona un daño físico o psicológico, no comprendido en los casos del Artículo anterior, del cual derive incapacidad para el trabajo de quince (15) hasta noventa (90) días.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre la obligación del juzgador de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar
    • causales de improcedencia de la detención preventiva
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • b)
    • Artículo 271. (Lesiones Graves y Leves).
    • ARTÍCULO 298.-
    • daño físico o psicológico

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