SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2018-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2018-s3

Fecha: 21-Mar-2018

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos a la propiedad, a un hábitat y vivienda, al debido proceso en sus vertientes de resolución debidamente fundada, certeza frente a las decisiones administrativas y supremacía constitucional, señalando que Dámaso Ninaja Huanca, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla del departamento de La Paz no viabiliza sus trámites de pago de impuesto a la transferencia, empadronamiento y visado de plano, bajo el argumento de que no se habrían cumplido con los requisitos previstos en la normativa municipal y a raíz de oposiciones y de las solicitudes de congelamiento presentadas por el “supuesto” Presidente de la FEJUVE de Achocalla y el Secretario General del Sindicato Agrario de Marquirivi, quienes también tienen la calidad demandados en la presente acción tutelar conjuntamente con los Presidentes de las Juntas de Vecinos de las zonas Anari, Huayhuasi, Carcanavi, Umalaca y Viscachani todos del mismo departamento.