SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2018-S1

Fecha: 18-Abr-2018

7)

7)   En cuanto a que al no existir carrera judicial, los nuevos egresados de la Escuela de Jueces del Estado no pueden ser designados como funcionarios de carrera, al no cumplir los requisitos exigidos por el art. 214 de la LOJ, y no haber participado de un proceso de selección, respondieron que no es evidente, en sentido de que la carrera judicial existe, y está siendo implementada gradualmente.