SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2018-S1

Fecha: 18-Abr-2018

g)

g)  Al no existir carrera judicial, los nuevos egresados de la referida Escuela no pueden ser designados como funcionarios de carrera, toda vez que no cumplieron los requisitos exigidos por el art. 214 de la LOJ, al no haber participado de un proceso de selección, no facultándose a disponer la cesación forzosa de un servidor transitorio para ser reemplazado por otro transitorio.

Por lo que, los Consejeros de la Magistratura -hoy demandados-, emitieron el Acuerdo 073/2017, mediante el cual agradecieron sus servicios -no solamente a ellos, sino a 87 funcionarios judiciales-, sin que hubieran sido designados los nuevos funcionarios que irían a reemplazarlos, y sin darles la oportunidad de participar en el proceso de selección y designación de jueces, al no haberse realizado la convocatoria pública para sus cargos, vulneraron la norma contenida en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley del Órgano Judicial.