SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2018-S2

Fecha: 02-Abr-2018

III.5.  Análisis del caso concreto

La problemática planteada por el accionante, se circunscribe al Auto de             13 de marzo de 2017, pronunciado por las autoridades demandadas; por el que, rechazaron el recurso de reposición presentado, impugnando el Auto Interlocutorio Definitivo S2a 11/2017, que rechazó a su vez la presentación de la demanda contencioso administrativa interpuesta confutando la                  RS 16544; demanda contencioso administrativa que supuestamente habría sido presentada de manera extemporánea, es decir, fuera del plazo establecido por la normativa.

De acuerdo a los antecedentes conocidos por esta jurisdicción constitucional, se tiene que dentro del proceso de saneamiento efectuado a los predios “El Remanso” y “El Remanso I”, ubicados en el municipio de Cotoca, provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz, fue emitida la RS 16544 (Conclusión II.1); Resolución con la que fueron notificados a través de su apoderada (Vania Mauren Mendieta Rojas) el          29 de diciembre de 2016 (Conclusión II.2), la misma fue impugnada a través de la demanda contencioso administrativa interpuesta por el ahora accionante conjuntamente a sus hermanos y su madre ante el Tribunal Agroambiental el 30 de enero de 2017 (Conclusión II.3), a cuyo efecto fue emitido el Auto Interlocutorio Definitivo S2a 11/201, rechazando la indicada demanda por extemporánea (Conclusión II.4).