SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2018-S2

Fecha: 02-Abr-2018

Si un plazo venciera en un día inhábil se recorrerá al día siguiente hábil

“Los plazos establecidos en el presente Reglamento se computarán en días calendario, salvo disposición contraria expresa. Si un plazo venciera en un día inhábil se recorrerá al día siguiente hábil. Las actividades y actuados en los procedimientos agrarios administrativos son continuos e ininterrumpidos pudiendo ser ejecutados en días domingos y feriados. Las notificaciones podrán ser practicadas en esos días, previa habilitación expresa”.