SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2018-S3
Fecha: 22-May-2018
II.2.
II.2. Conforme “ACTA DE NOMBRAMIENTO DE PRESIDENTE DE COMISIÓN MIXTA DEL BANCO SOLIDARIO S.A. PROCESO INTERNO-SRA. GIOVANNA DEL ROSARIO CABALLERO RODRÍGUEZ” (sic) de 7 de abril de 2017, en oficinas del BANCOSOL S.A., se reunieron los miembros habilitados de la mencionada Comisión, compuesta por Daniel Maldonado Tejada, Giovana Isela Benítez Escobar (Trabajadores representantes de la parte patronal); Daniel Espinoza Gutiérrez y Marcia Adriana Machicado Argani (Trabajadores representantes de la parte laboral), a efecto de dar inicio al proceso sumario interno de la prenombrada, Asesora de Créditos de la Agencia Casco Viejo de la ciudad de Santa Cruz (Regional Oriente) -ahora accionante-, de acuerdo a lo señalado en la Comunicación Interna RRHH 050/2017 de 14 de marzo emitida por la Sub Gerencia Nacional de Recursos Humanos (RR.HH. [fs. 189]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El derecho a la doble instancia, se halla reconocido por nuestra Constitución vigente, constituyendo parte integrante del debido proceso
- La jurisprudencia precedentemente glosada, con claridad especifica
- la doble instancia: "Constituyendo de toda persona un derecho universal el de recurrir, o a la doble instancia, de una resolución sea judicial o administrativa que considera lesiona sus derechos fundamentales o le causa agravio
- el derecho al debido proceso es lesionado por la falta de una doble instancia procesal
- a fin de profundizar más sobre el derecho al debido proceso y a la defensa que se encuentren vinculados con el derecho a una segunda instancia,
- III.2. De la protección
- III.
- un elemento adjetivo del debido proceso, que halla uno de sus resguardos en la garantía de la doble instancia, que a su vez tiene su consagración en las normas de derecho internacional, más propiamente en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), normas en las cuales se le asigna el carácter de garantía judicial, asumiéndola como un mecanismo de protección, dirigido a esta impronta característica de la doble instancia…”
- la doble instancia
- constriñe a las autoridades del BANCOSOL S.A. reparar dicha vulneración asumiendo el cumplimiento de los postulados de la Constitución Política del Estado y normas de rango internacional
- 2º CONCEDER
- 5º