Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2018-S1
Fecha: 21-May-2018
02 de agosto de 2016
Cursa en expediente MANDAMIENTO DE LIBERTAD librado en fecha 02 de agosto de 2016 por los JUECES DEL TRIBUNAL ONCEAVO DE SENTENCIA DE LA CAPITAL, en razón de MEDIDAS SUSTITUTIVAS A LA DETENCIÓN PREVENTIVA, dentro del proceso que le sigue el MINISTERIO PÚBLICO, por el delito de TENENCIA, PORTE O PORTACIÓN Y USO DE ARMAS, CASO FELCCSCZ-1469/147.-IANUS 701199201456527. (No se dio curso).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- MANDAMIENTO DE CONDENA
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió la tutela
- II.1.
- Fragmento 9
- 02 de agosto de 2016
- TRES (3) AÑOS DE PRESIDIO,
- II.2.
- Fragmento 13
- III.1.
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- i)
- III.3.1. Con relación a la presunta indebida dilación en la extensión del mandamiento de libertad
- III.3.2. Respecto a la falta de remisión del mandamiento de libertad a la Central de Notificaciones
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte
- 2°
- 3°