SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2018-S2

Fecha: 22-May-2018

III.3.2.   Con relación al pago de salarios devengados

Respecto a la solicitud de pago de sueldos devengados que hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa no pudo cobrar el peticionante de tutela, de la prueba documental presentada por la entidad demandada concerniente en las boletas de pago de Denis Noel Orellana Sánchez, correspondiente a los meses de diciembre de 2016; y, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2017 descritas en la Conclusión II.9 de este fallo constitucional, así como lo informado en audiencia, donde se afirmó que el accionante desde el mes de enero hasta la fecha de interposición de la presente demanda tutelar continuó recibiendo su salario, a pesar que el mismo no se constituyó en su fuente laboral, adjuntando para tal efecto un extracto de salarios pagados al mismo, correspondiente a los meses de enero a noviembre de 2017 (fs. 244), en los que se evidencia el pago normal de la deuda económica que tiene Denis Noel Orellana Sánchez con la Cooperativa, se establece la existencia de hechos controvertidos que no pueden ser dilucidados por la justicia constitucional, por ser de carácter sumario; por lo que, los pagos solicitados deben ser reclamados en la jurisdicción laboral, instancia laboral que en base a la valoración de las pruebas legales de cargo y de descargo presentados por las partes procesales, determinará lo que corresponda; en consecuencia, atinge denegar la tutela sobre este aspecto.