DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2018
Fecha: 11-Jun-2018
4° Disponer,
4° Disponer, que el Órgano Deliberante del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri, al momento de elaborar el texto ordenado del proyecto de Carta Orgánica Municipal, se ajuste a todo lo dispuesto por las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0039/2017, 0124/2015, 0012/2015 y la presente Declaración Constitucional Plurinacional; puesto que, en la DCP 0039/2017 se advirtieron casos en los que se determinó la improcedencia en cuanto a las modificaciones realizadas sobre disposiciones declaradas compatibles; en ese entendido, se debe tener presente que en el futuro, cualquier alteración efectuada por el estatuyente sin que la misma haya sido dispuesta, es de su exclusiva responsabilidad.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la adecuación de proyectos de estatutos y cartas orgánicas
- III.2.
- Sobre los referidos numerales 2, 3, 5, 6, 7 y 9 del parágrafo II del art. 4
- Sobre los anteriores numerales 8 y 10; actuales numerales 2 y 4
- Sobre el actual numeral 5
- Sobre el numeral 4 del texto primigenio
- Artículo 10. Garantía de los derechos.
- Control previo de constitucionalidad
- compatibilidad
- Artículo 27. Responsabilidades de los concejales.
- DISPOSICIÓN SUPRIMIDA
- Sobre el numeral 6
- Sobre el numeral 7
- compatible
- DISPOSICIÓN ANTERIOR
- Sobre el numeral 9
- Fragmento 21
- DISPOSICIÓN ADECUADA
- DISPOSICIONES ANTERIORES
- DISPOSICIONES SUPRIMIDAS
- Fragmento 25
- se comprenderá la compatibilidad
- “
- Artículo 121.Régimen de las personas con discapacidad
- 2°
- Respecto al art. 82
- 3º
- 4° Disponer,