DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2018
Fecha: 11-Jun-2018
I.1. Contenido de la consulta
Por memorial presentado el 6 de noviembre de 2017, cursante de fs. 886 a 888, Carlos Arispe Romero, en calidad de Presidente del Concejo Municipal de Camiri, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, remitió al Tribunal Constitucional Plurinacional, el proyecto de Carta Orgánica del referido Municipio, conteniendo las modificaciones y adecuaciones concernientes a disposiciones normativas declaradas incompatibles por la DCP 0039/2017, en base a los fundamentos desarrollados en la misma; solicitando se declare la “constitucionalidad” (sic) de todo el proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM), acompañando para cuyo fin, la Ley Municipal 117 de 18 de octubre de 2017; mediante la cual, el Órgano Legislativo de dicho Municipio aprobó las modificaciones emergentes de las incompatibilidades establecidas en la citada DCP 0039/2017.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la adecuación de proyectos de estatutos y cartas orgánicas
- III.2.
- Sobre los referidos numerales 2, 3, 5, 6, 7 y 9 del parágrafo II del art. 4
- Sobre los anteriores numerales 8 y 10; actuales numerales 2 y 4
- Sobre el actual numeral 5
- Sobre el numeral 4 del texto primigenio
- Artículo 10. Garantía de los derechos.
- Control previo de constitucionalidad
- compatibilidad
- Artículo 27. Responsabilidades de los concejales.
- DISPOSICIÓN SUPRIMIDA
- Sobre el numeral 6
- Sobre el numeral 7
- compatible
- DISPOSICIÓN ANTERIOR
- Sobre el numeral 9
- Fragmento 21
- DISPOSICIÓN ADECUADA
- DISPOSICIONES ANTERIORES
- DISPOSICIONES SUPRIMIDAS
- Fragmento 25
- se comprenderá la compatibilidad
- “
- Artículo 121.Régimen de las personas con discapacidad
- 2°
- Respecto al art. 82
- 3º
- 4° Disponer,