DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2018

Fecha: 11-Jun-2018

Artículo 27. Responsabilidades de los concejales.

3.     Ejercer funciones de administrador, arrendatario, concesionario o adjudicatario de bienes, obras, servicios públicos y explotaciones municipales, servir de intermediario, fiador, deudor y en cualquier otra actividad financiera, comercial, industrial o de servicios en general, en la cual se encuentre relacionado el Gobierno Autónomo Municipal, sus bienes, servicios y obligaciones.

4.     Usar indebidamente la información y las relaciones derivadas del cargo que ejerce para obtener beneficios para sí, familiares o terceros en los asuntos o trámites que se efectúen en el Gobierno Autónomo Municipal o que se deriven o generen en éste. e. No podrá participar, ni adjudicarse ningún contrato de bienes y servicios hasta un año después de haber dejado el cargo de concejal, por si, ni por interpósita persona, así como no podrá participar, ni adjudicarse la entidad o entidades de la que sea miembro.