DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2018
Fecha: 11-Jun-2018
Sobre el actual numeral 5
Inicialmente, cabe señalar que este numeral versa sobre: “El conocimiento y resolución de controversias relacionadas con el ejercicio de sus potestades normativas, legislativas, ejecutivas, administrativas y técnicas, mediante los recursos administrativos previstos en la presente Carta Orgánica Municipal y las normas aplicables”. De la revisión del expediente (fs. 4) se advierte que dicha previsión estaba presente en el numeral 11, el cual fue declarado compatible por la DCP 0012/2015; sin embargo, al momento de realizar la segunda adecuación (fs. 636), el estatuyente lo eliminó; consiguientemente, conforme la revisión del texto readecuado, se advierte que el mismo restituyó el actual numeral 5 de acuerdo a lo dispuesto por la precitada DCP 0012/2015.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la adecuación de proyectos de estatutos y cartas orgánicas
- III.2.
- Sobre los referidos numerales 2, 3, 5, 6, 7 y 9 del parágrafo II del art. 4
- Sobre los anteriores numerales 8 y 10; actuales numerales 2 y 4
- Sobre el actual numeral 5
- Sobre el numeral 4 del texto primigenio
- Artículo 10. Garantía de los derechos.
- Control previo de constitucionalidad
- compatibilidad
- Artículo 27. Responsabilidades de los concejales.
- DISPOSICIÓN SUPRIMIDA
- Sobre el numeral 6
- Sobre el numeral 7
- compatible
- DISPOSICIÓN ANTERIOR
- Sobre el numeral 9
- Fragmento 21
- DISPOSICIÓN ADECUADA
- DISPOSICIONES ANTERIORES
- DISPOSICIONES SUPRIMIDAS
- Fragmento 25
- se comprenderá la compatibilidad
- “
- Artículo 121.Régimen de las personas con discapacidad
- 2°
- Respecto al art. 82
- 3º
- 4° Disponer,