SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2018-S4

Fecha: 27-Jun-2018

Fragmento 14

           Con carácter previo al análisis del contenido material de la problemática planteada en la presente acción tutelar, es preciso señalar que la acción de amparo constitucional, conforme establecen los arts. 128 y 129.I de la CPE, tiene lugar: “…contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”, “…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados".