Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2018-S4
Fecha: 27-Jun-2018
II.5.
II.5. Cursan edictos publicados el 26 de septiembre, el 27 de octubre y el 5 de diciembre de todos del 2017, el SIN notificó a los herederos y/o terceros interesados, ocupantes y/o poseedores con el señalamiento de la primera, segunda y tercera audiencia de remate respectivamente, del bien inmueble en cuestión (fs. 103, 112 y 122).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- ) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa no ha planteado recurso alguno, así:
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR