Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2018-S3
Fecha: 28-Ago-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución AC-01-2018 de 31 de enero, cursante de fs. 325 a 327, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Mario Alberto Guillen Suárez, Ministro de Economía y Finanzas Públicas contra Pastor Segundo Mamani Villca, Rómulo Calle Mamani, Antonio Guido Campero Segovia, Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, Rita Susana Nava Durán y Fidel Marcos Tordoya Rivas; José Antonio Revilla Martínez, María Cristina Díaz Sosa, Esteban Miranda Terán, Ricardo Torres Echalar, Carlos Alberto Egüez Añez, Edwin Aguayo Arando, Olvis Egüez Oliva, Marco Ernesto Jaimes Molina y Juan Carlos Berrios Albizu, ex y actuales Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- pretendiendo justificar en uno de los considerandos que las peticiones del MEFP son improcedentes, impertinentes y que hubiera una mala interpretación de la norma, cuando todas las solicitudes efectuadas por el MEFP merecen ser plenamente fundamentadas en las providencias que les corresponden y a cada memorial presentado por el MEFP
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- implica el cumplimiento de requisitos procesales que deben ser debidamente observados en cada instancia procesal
- Fragmento 20
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR