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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2018-S3

    Fecha: 28-Ago-2018

    II.6.

    II.6.    Mediante escrito presentado el 13 de septiembre de 2016, la referida Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, amplió su solicitud de nulidad de notificación (fs. 10 y vta.). El cual mereció el decreto de 15 del mismo mes y año, que señala: “Estése al Auto de fojas 1044 a 1045 y vuelta” (sic [fs. 11]).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • pretendiendo justificar en uno de los considerandos que las peticiones del MEFP son improcedentes, impertinentes y que hubiera una mala interpretación de la norma, cuando todas las solicitudes efectuadas por el MEFP merecen ser plenamente fundamentadas en las providencias que les corresponden y a cada memorial presentado por el MEFP
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.11.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • implica el cumplimiento de requisitos procesales que deben ser debidamente observados en cada instancia procesal
    • Fragmento 20
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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