AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2018-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2018-O

Fecha: 26-Sep-2018

a)

a) Desde el inicio de este incidente se demostró el exacto cumplimiento de la   SCP 0320/2013, consecuentemente, se expidió el memorándum IT 19/2013 de reincorporación a sus funciones; sin embargo, luego de realizar gestiones administrativas, el accionante rehusó recibir el monto correspondiente a sueldos devengados cuya cuantificación se tiene fijada, cancelándose los sueldos de un año, 4 meses y 23 días hasta su reincorporación, desde el 11 de enero de 2012 hasta el 3 de junio de 2013, consignándose en el mismo desahucio, indemnización, aguinaldo 2012 y demás conceptos, empero, el accionante se negó a recibir dicho monto consignado en un cheque de gerencia; por lo que, el “incumplimiento” es de entera responsabilidad del propio accionante;

a)      Mario Antonio Galindo Queralt se presenta como Presidente de la SIB Departamental La Paz; sin embargo no adjuntó ningún poder de representación que acredite su personería; observación que no fue subsanada, ya que, con anterioridad se presentó otro Directorio de la aludida SIB; existiendo, por ende, dos Directorios paralelos;

a)  Respecto a que no se presentó ningún poder de representación que acredite la personería de Mario Antonio Galindo Queralt como Presidente de la SIB Departamental La Paz; este aspecto no tiene mayor trascendencia para efecto de la emisión del presente Auto Constitucional y la determinación del cumplimiento de la                 SCP 0320/2013; pues independientemente de quién tiene la representación, es la referida SIB la que debe cumplir con la Sentencia Constitucional antes señalada; pero además, debe mencionarse al    ACP 0003/2018-ECA de 19 de febrero, en el que se dispuso haber lugar a la petición de complementación de la SCP 1109/2017-S1 de 12 de octubre, señalando que:

…como consecuencia de haber dejado sin efecto la Asamblea Extraordinaria de 3 de febrero de 2017, convocada por el Presidente y el Tribunal de Honor de la SIB Nacional, también quedaron sin efecto las siguientes decisiones y actuaciones asumidas: a) La designación y posesión del Comité Ad hoc; b) La designación y posesión del Comité Electora; y, c) La convocatoria, elección y posesión del Directorio para las gestiones 2017-2019; realizada en la Asamblea extraordinaria antes señalada.