SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2018-S4
Fecha: 03-Sep-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante ratificó el contenido íntegro de la demanda su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo señalo que esta acción de defensa no pretende confundir al Tribunal de garantías, no siendo evidente que se efectúe observación alguna respecto a los puntos 1 y 3 de la norma, sino que el reclamo se centra en el hecho de que no se le otorgó el derecho a responder a las excepciones de forma oral; además de ello, incidió en que los Magistrados demandados, efectuaron una incorrecta interpretación de lo previsto por el art. 258 del CPC, reiterando asimismo, que conforme se estableció en el informe presentado por el Juez hoy codemandado, no se les permitió contestar a las excepciones en audiencia oral, por no haberlo hecho de forma escrita.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El debido proceso y su configuración
- derecho fundamental
- principio
- garantía jurisdiccional
- el debido proceso, se sustenta en la observancia obligatoria e ineludible de las formas propias de cada proceso, mismas que se encuentran previamente establecidas en el ordenamiento jurídico y que establecen con claridad las actuaciones, actos, diligencias y resoluciones de la iniciación del proceso, de su desarrollo y definición, en todas las instancias y etapas previstas para cada caso en particular
- III.2. Del proceso oral agrario
- instituyendo el proceso oral agrario
- alegación de hechos nuevos
- contestación y resolución de excepciones
- saneamiento de vicios de nulidad
- tentativa de conciliación
- fijación del objeto de la prueba y recepción de la misma
- III.3. De las nulidades procesales
- CONFIRMAR
- 2º Dejar sin efecto