SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2018-S4
Fecha: 03-Sep-2018
II.3.
II.3. En audiencia de juicio oral agroambiental de 12 de abril de 2017, el Juez hoy codemandado, resolvió mediante distintos Autos dictados en audiencia, las excepciones de incapacidad e impersonería para pedir el pago de daños y perjuicios y abuso de derecho por más de diez años, planteadas por los demandados en el proceso agrario en cuestión, mencionando en cada una de la Resoluciones definitivas, que habiendo corrido en traslado cada excepción, estas no fueron contestadas en termino hábil por el demandado principal –ahora accionante– habiendo el Juez de la Causa declarado probas las mismas, estableciendo posteriormente los puntos de hecho a probadas para la pretensiones incoadas en el proceso (fs. 428 a 436).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El debido proceso y su configuración
- derecho fundamental
- principio
- garantía jurisdiccional
- el debido proceso, se sustenta en la observancia obligatoria e ineludible de las formas propias de cada proceso, mismas que se encuentran previamente establecidas en el ordenamiento jurídico y que establecen con claridad las actuaciones, actos, diligencias y resoluciones de la iniciación del proceso, de su desarrollo y definición, en todas las instancias y etapas previstas para cada caso en particular
- III.2. Del proceso oral agrario
- instituyendo el proceso oral agrario
- alegación de hechos nuevos
- contestación y resolución de excepciones
- saneamiento de vicios de nulidad
- tentativa de conciliación
- fijación del objeto de la prueba y recepción de la misma
- III.3. De las nulidades procesales
- CONFIRMAR
- 2º Dejar sin efecto