SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2018-S1

Fecha: 04-Sep-2018

II.1.

II.1.  El 30 de enero de 2014, Ricardo Dorado Calvimontes, Rufina Dorado, Miguel Germán Villca Dorado, Silverio Dorado y María Dorado Calvimontes por sí y en representación legal de sus hijos menores de edad AA, BB y CC; y, Martha López Gonzáles, interpusieron demanda de usucapión decenal o extraordinaria del lote de terreno rústico, ubicado en el barrio Buena Vista, del predio denominado “Villa Lourdes” de la zona El Tejar (Bajo Aranjuez) de Sucre, cuya posesión deviene de la donación realizada de su anterior poseedora Julia Quispe a favor de ellos, el terreno consta de una superficie de 22 511,02 m2, demanda dirigida contra Renato Gonzalo Hurtado Durán, Rocío del Carmen Mélida Hurtado Durán, José Rolando Hurtado Chumacero, Gilberto Gonzalo Hurtado Sandoval, Rene Marcelo Hurtado Sandoval y Paz Sandoval Palacios Vda. de “Durán” y Julia Quispe y sus posibles herederos y terceras personas que aleguen tener mejor derechos propietario (fs. 34 a 35 vta.).