SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2018-S4

Fecha: 12-Sep-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue suspendido de manera arbitraria del cargo de Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del referido departamento, democráticamente electo, con el argumento ilegal de los miembros del Concejo de dicha entidad municipal, de acatar una orden del Juez de garantías constitucionales respecto al cumplimiento de lo previsto por el art. 239.II de la Ley del Régimen Electoral (LRE) –Ley 026 de 30 de junio de 2010–, sin considerar que únicamente puede ser suspendido previa sentencia condenatoria.

Alegó que fue suspendido sin haber sido sometido previamente a un proceso o procedimiento administrativo justo, pues las autoridades demandadas, tenían la obligación de garantizar su derecho a ser oído y juzgado, así ejercer plenamente su derecho a la defensa; toda vez que, el Juez de garantías no les dio una orden imperativa de suspensión inmediata, sino únicamente que se realice el análisis para cumplir el art. 239.II de la LRE.

Agregó que se vulneró su derecho al juez natural, ya que la Constitución Política del Estado, la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales –Ley 482 de 9 de enero de 2015– y el Reglamento Interno del Municipio, no confieren facultad alguna al Concejo del señalado ente municipal para disponer la suspensión de un Alcalde, más aún, si no reúnen las condiciones de independencia e imparcialidad, además la Resolución Municipal 072/2018 de 9 de junio, por la que se le suspende, no cumple con los estándares mínimos de fundamentación, pues en su contenido simplemente se limita a realizar una relación de hechos de la resolución que resuelve la acción de cumplimiento, sin exponer las razones jurídicas de su decisión, tampoco efectuó el análisis correspondiente ordenado por el Juez de garantías.