SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2018-S2

Fecha: 14-Sep-2018

denegó

El Juez Público de Familia Séptimo de la Capital del departamento de Chuquisaca, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 04/2018 de 6 de abril, cursante de fs. 167 a 176, denegó la tutela solicitada; con los siguientes fundamentos: a) No es evidente que la Jueza demandada hubiere vulnerado los derechos al debido proceso en su elemento defensa y legalidad; en razón a que, dio estricto cumplimiento a la normativa vigente que rige los procesos monitorios, actuando conforme a procedimiento; teniendo presente que incidentaron solicitando la nulidad de obrados, aunque debieron oponerse a la desocupación dispuesta en ejercicio del invocado derecho a la defensa; b) De la misma manera, no es cierto que se les hubiera lesionado su derecho a la vivienda, debido a que fueron notificados con la ejecutoria de la Sentencia, el 20 de noviembre de 2017, por lo que tuvieron el tiempo suficiente para buscar otro inmueble para vivir hasta el 23 de febrero de 2018, fecha en que se ejecutó el desapoderamiento, como tampoco se lesionó el derecho a la igualdad, puesto que no se les otorgó un trato desigual, sino que se actuó conforme a la ley; y, c) La Jueza demandada al disponer la ejecución de la Sentencia 102/2017, dio correcta aplicación al art. 400.I, con relación al art. 398.I, ambos del CPC, que establece que la ejecución de sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada, no podrá suspenderse por ningún recurso ordinario o extraordinario, actuando con absoluta legalidad.