Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2018-S2
Fecha: 14-Sep-2018
II.3.
II.3. Notificadas con la referida Resolución, las ahora accionantes, Ana Pastora Colque Vargas, Carmen Julia Carvajal Colque y Eliana Carvajal Colque, habitantes del inmueble en cuestión, mediante memorial presentado el 24 de noviembre de 2017, plantearon incidente de nulidad de obrados, argumentando no haber sido parte del proceso, imposibilidad material de cumplimiento de la Sentencia 102/2017 y Auto 493 (ejecutoria de la Sentencia) y la mala fe del actor Dionisio Mamani Mamani (fs. 52 a 54 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así: a) cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- III.2. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR