SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2019-S3
Fecha: 14-Nov-2019
Fragmento 3
El accionante a través de su abogado, reiteró los fundamentos expuestos en su acción de amparo constitucional, añadiendo que la mercadería se trasladaba al interior del Estado, por tanto el movimiento de la misma para su traslado era la simple presentación de sus facturas que fueron contrastadas y confirmadas por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), entonces no se trataba de un tránsito aduanero como quiso hacer parecer la ANB. Por otra parte, existieron cinco solicitudes ante la Jueza de la causa para que conmine a dicha entidad y dé cumplimiento al Auto Interlocutorio 388/2018, mismo que estaba ejecutoriado; de igual manera, hubieron tres pedidos a la ANB para que cumplan esa determinación judicial, entidad que contrariamente planteó una acción de amparo constitucional, demandando la nulidad de ese Auto Interlocutorio, siendo denegada la tutela por el principio de caducidad; cuya Resolución constitucional dispuso la devolución de la mercadería indebidamente comisada por la ANB, existiendo un fallo judicial que así lo ordenó; pidiendo que se haga cumplir el mismo, a través de los mecanismos que establece el art. 122 del CPP.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la improcedencia de activar otro amparo cuando existe resolución en un primer amparo del cual emerge el que se interpone. Jurisprudencia reiterada
- la autoridad recurrida, no ha vulnerado los derechos que se invocan en el recurso, por cuanto ha actuado en cumplimiento al mencionado fallo constituciona
- cualquier decisión que se hubiere tomado en ese ínterin y que las partes consideraran indebidas no pueden ser denunciadas a través de otro amparo,
- III.2. Análisis del caso concreto
- mientras no se resuelva este recurso, se va suspender la devolución hasta que
- CONFIRMAR