SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2019-S3
Fecha: 14-Nov-2019
II.7.
II.7. En virtud al escrito presentado por la Administración Aduanera, y dispuesto el traslado al impetrante de tutela, éste por memorial de 20 de marzo de 2019, solicitó a la Jueza demandada imponer multas y sanciones progresivas a la Gerencia Regional Santa Cruz de la ANB por el incumplimiento y negativa de proceder a la devolución de la mercadería referida (fs. 34 a 35). En mérito a ello, la citada autoridad jurisdiccional a través del decreto de 21 del mismo mes y año, ordenó: “…debiendo así mismo el Impetrante estarse a lo dispuesto por la (…) Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia mediante Sentencia No. 04 de fecha 09/01/2019; donde se suspende la Devolución de la Mercadería hasta que no se resuelta dicha Sentencia No. 04 por el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, una vez sea resuelto se resolverá conforme a Ley” (sic [fs. 36]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la improcedencia de activar otro amparo cuando existe resolución en un primer amparo del cual emerge el que se interpone. Jurisprudencia reiterada
- la autoridad recurrida, no ha vulnerado los derechos que se invocan en el recurso, por cuanto ha actuado en cumplimiento al mencionado fallo constituciona
- cualquier decisión que se hubiere tomado en ese ínterin y que las partes consideraran indebidas no pueden ser denunciadas a través de otro amparo,
- III.2. Análisis del caso concreto
- mientras no se resuelva este recurso, se va suspender la devolución hasta que
- CONFIRMAR