Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2019-S3

    Fecha: 15-Nov-2019

    II.2.

    II.2. Según Oficio de 9 de abril de 2016, Masaaki Kudaka Kuwae hizo conocer a la empresa precitada, que el inmueble de su propiedad sería transferido a favor de los ahora demandados, quienes en su calidad de compradores aceptaban los términos del contrato suscrito para colocar equipos de telecomunicaciones, recomendando a la referida entidad que se suscriba un nuevo acuerdo con los adquirientes (fs. 9).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • I.2.3. Informe del tercero interesado
    • denegó
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III.
    • Fragmento 16
    • III.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • Consecuentemente, todo poder notariado conferido por personas jurídicas de carácter comercial para tener valor y efectos legales necesariamente debe estar inscrito en el Registro de Comercio y su inscripción debe acreditarse mediante documentación original, instrumento debidamente legalizado y/o certificación emitida por los agentes autorizados del Registro de Comercio conforme disponen los arts. 1297, 1309 y 1310 del CC
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • III.3.Otras consideraciones
    • 1º  CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca