SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0972/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0972/2019-S4

Fecha: 21-Nov-2019

Para el caso específico de vías de hecho vinculadas al avasallamiento, al margen de la carga probatoria desarrollada en el anterior inciso, el peticionante de tutela debe acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros

En este sentido, la antes señalada SCP 0998/2012, en el caso de medidas de hecho vinculadas al avasallamiento, entendido como un atentado al derecho propietario plenamente instituido y consolidado, estableció: “Para el caso específico de vías de hecho vinculadas al avasallamiento, al margen de la carga probatoria desarrollada en el anterior inciso, el peticionante de tutela debe acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros.

Consecuentemente, ante la denuncia de medidas de hecho vinculadas con la restricción, supresión o amenaza del derecho propietario, quien impetre tutela constitucional, deberá probar su genuino interés y capacidad para demandar, exhibiendo a dicho efecto la documentación suficiente que acredite la titularidad de su derecho o dominialidad.