SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2019-S2

Fecha: 27-Nov-2019

denegó

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 15/2019 de 2 de mayo, cursante de fs. 255 a 258 vta., denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes argumentos: a) El debido proceso se encontraba supeditado de forma imperativa a plazos perentorios -según la Ley 254 de 5 de julio de 2012 y la Ley Autonómica Municipal GMASCS 009/2015 de 20 de enero –Ley de Ejercicio Legislativo y Ordenamiento Jurídico y Administrativo Municipal- dentro de los cuales las partes podían hacer valer sus derechos y garantías, en las vías correspondientes; por lo que, las accionantes contaban con el término legal de cinco días para interponer su recurso jerárquico; y, b) Según refirieron las propias impetrantes de tutela, presentaron su recurso jerárquico de forma extemporánea; consecuentemente, no se agotaron los mecanismos administrativos o judiciales, aspecto que impedía considerar los argumentos vertidos en la acción de control tutelar y así mismo lo disponía la SCP 0030/2013 de 4 de enero, que contempla las causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional, particularmente la descrita por el art. 53.3 del Código Procesal Constitucional (CPCo); consecuentemente, no correspondía la concesión de la tutela.