III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante, denuncia como lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia; a la defensa, a la valoración de la prueba, y al principio de seguridad jurídica, alegando que la Sentencia Agroambiental Nacional S1a 97/2017 de 16 de octubre, emitida por la Sala Primera y Segunda del Tribunal Agroambiental, declararon probada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por el demandante, anulando la RS 15154 de 22 de junio de 2015 -Resolución Final de Saneamiento-, pero sin la debida fundamentación, motivación y congruencia, porque no dieron respuesta a su contestación a dicha demanda, ni valoraron la prueba recabada dentro del proceso de saneamiento, simplemente trascribieron de forma similar todos los puntos demandados por el demandante.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- I.1.3. Petitorio
- i)
- concedió
- suspensión del plazo
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La justicia constitucional señaló desde 1999 de manera reiterada y uniforme, que es improcedente activar otro amparo cuando existe resolución en un primer amparo del cual emerge el que se interpone.
- b)
- el art. 15.I del CPCo, que señala de manera expresa que: 'Las sentencias, declaraciones y autos del Tribunal Constitucional Plurinacional son de cumplimiento obligatorio para las partes intervinientes en un proceso constitucional…'
- III.2. El derecho a la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales en la medida de lo determinado
- en la medida de lo determinado,
- en la medida de lo determinado, o cuando su cumplimiento es tardío
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Consideraciones adicionales sobre la remisión de antecedentes al Tribunal Constitucional Plurinacional
- REVOCAR
- 2° Llamar la atención
