SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1040/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1040/2019-S4

Fecha: 04-Dic-2019

i)

Tatiana Olimpia Condori Sánchez, Notaria de Fe Pública 17 de Oruro, por informe escrito presentado el 4 de julio de 2019, cursante de fs. 160 a 162, indicó que:        i) El 28 de mayo de igual año, recibió una solicitud de intervención notarial, con el objeto de que su autoridad pueda levantar el inventario respectivo, conforme a sus atribuciones en un actuado de desapoderamiento, que fue dispuesto por el Juez  hoy demandado, habiéndose librado para tal efecto, los correspondientes mandamientos de desapoderamiento, con facultades extraordinarias de habilitación de días y horas inhábiles, allanamiento y ruptura de chapas y candados para su cumplimiento; ii) El 29 de mayo del citado año, su persona, conjuntamente el Oficial de Diligencias del Juzgado Público Civil y Comercial del citado departamento y su testigo de actuación, y autoridades policiales, conducidos por el abogado y la interesada, Victoria Alarcón Mendoza –ahora codemandada-, se constituyeron en el lugar, con el auxilio de Marco Antonio Ugarte Bernal –hoy codemandado–, a cargo de un contingente policial de la UTOP, y Jhony Vincenti Ortiz, con otro contingente policial, dependiente de la Policía Boliviana y Remberto Castillo Calle –ahora codemandado-; y, iii) Su autoridad, conforme a sus atribuciones, verificó y levantó el inventario de los bienes que se encontraban en el referido inmueble, conforme lo dispuso en el acto el ejecutante, extremo que se advierte en el acta notarial, que oportunamente se entregó a los interesados, y que es de conocimiento de la autoridad jurisdiccional, conforme a lo establecido en el art. 2.6 de la Ley del Notariado Plurinacional –Ley 483 de 25 de enero de 2014–, por lo que al adecuarse su actuación al cumplimiento de la Ley del Notariado Plurinacional, y al no haber vulnerado derecho alguno, máxime si no es parte del referido proceso de reivindicación, solicitó que se deniegue la tutela impetrada con relación a su persona.