SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1071/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1071/2019-S4

Fecha: 18-Dic-2019

4)

                 4) Cuarto agravio, ilegal valoración a documentos ficticios, pues en el Considerando III de la Sentencia 04/2018, el Juez a quo, dio valor probatorio a la Escritura Pública de compra venta del lote de terreno rural ubicado en la zona Arrozales, de Bermejo del departamento de Tarija, realizado por la hoy difunta Remigia Francisca Aban Cruz Vda. de Carrizo a favor de Santiago Cardozo Tejerina y Susana Daysi Aricoma Fajardo, siendo de conocimiento del propio juzgador el Documento Privado Aclarativo; por el cual, se especificó que la venta del mencionado predio fue irreal y ficticio.

                 El Auto Agroambiental impugnado, en cuanto a este punto advirtió que se debe precisar que el Juez de la causa realizó una valoración probatoria de forma integral, puesto que basó su decisión en la “declaración voluntaria notariada N° 25” (sic) y las declaraciones testificales y no de forma exclusiva y menos gravitante en relación al documento privado aclarativo; es decir, el Juez de primera instancia valoró no solo la referida documentación, sino realizó una valoración de manera integral de toda la prueba pertinente e idónea cursante en obrados, conforme a las reglas de la sana crítica y prudente arbitrio. Respuesta que es clara y concisa.