SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1219/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1219/2019-S1

Fecha: 11-Dic-2019

II.12.

II.12. Por memorial presentado el 17 de enero de 2018, Alberto Flores Belloni, representante de la Federación Departamental del Adulto Mayor, solicitó a la Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera del departamento de Cochabamba -ahora demandada-, “…disponga libertad Ipso Facto de anciana ilegalmente retenida.
-Inspección- Atención médica inmediata…” (sic), refiriendo que la impetrante de tutela se encontraba retenida e incomunicada en la casa de reposo “La Mansión”, donde incluso habría sufrido un accidente cerebro vascular y que por su delicado estado de salud se requería sea restituida a su domicilio (fs. 3 y vta. [Expediente 23339-2018-47-AL]); petición que mereció decreto de 18 del citado mes y año, por el cual, la autoridad judicial demandada, señaló que con carácter previo la parte acredite su personería legal como representante de la Federación Departamental del Adulto Mayor y su condición dentro del proceso, y, con el resultado se dispondría lo que corresponda (fs. 5 [Expediente 23339-2018-47-AL]). Asimismo, por memorial presentado el 1 de febrero de igual año ante la Jueza ahora demandada, Grailin Dolly Condori Achipa, alegando ser “cuidante” de la peticionante de tutela, refirió que la misma se encontraba privada de libertad sin orden judicial e incomunicada por tres meses, con grave deterioro de su salud; por lo que, su persona ofrecía una habitación amoblada para que la adulta mayor -ahora accionante- pueda vivir en ella mientras conseguía otro domicilio en alquiler (fs. 6 [Expediente 23339-2018-47-AL]).