SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2019-S2

Fecha: 08-Feb-2019

i)

En audiencia, el Vocal demandado Yván Noel Córdova Castillo, señaló que: i) En el mandamiento de detención domiciliaria se establecía el lugar donde la acusada debía cumplir con dicha medida -domicilio real fijado en el cuaderno de control jurisdiccional-; ii) Se demandó procesamiento indebido; sin embargo, no se observó el segundo presupuesto exigido por la jurisprudencia para que vía acción de libertad se tutele el debido proceso, consistente en el absoluto estado de indefensión, habida cuenta que la impetrante de tutela siempre contó con defensa técnica e hizo uso de todos los mecanismos intraprocesales y extraordinarios para hacer prevalecer sus derechos; iii) La parte accionante sostiene que el mecanismo utilizado por los Vocales demandados para corregir el error en el que se incurrió, no fue el adecuado, ya que se tratan de defectos procesales absolutos (art. 269.3 del CPP); y, iv) Evidentemente en el Auto de Corrección de Procedimiento de 28 de septiembre de 2018, falta el Considerando III; empero, no se señaló cuál la trascendencia de dicha omisión, ya que toda la fundamentación para la imposición de la detención domiciliaria está en el Auto de Vista 344/2018.