SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2019-S2

Fecha: 08-Feb-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 24 de noviembre de 2017, el Ministerio Público presentó imputación formal en su contra por la presunta comisión del delito de asesinato; situación por la que, el Juez Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de El Alto del departamento de La Paz mediante Resolución 609/2017 de 25 de noviembre, dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, entre las cuales se encontraba la detención domiciliaria, que fue confirmada por Auto de Vista 194/2017 de 7 de diciembre.

Ante esa situación, solicitó la modificación de las medidas sustitutivas impuestas, que fue resuelta por Resolución 017/2018 de 24 de enero, determinándose dejar sin efecto la detención domiciliaria y confirmado por el Tribunal de apelación a través de Auto de Vista 127/2018. En forma posterior (6 de junio de 2018) el representante del Ministerio Público interpuso acusación formal en su contra por la presunta comisión del delito de encubrimiento, radicándose la causa en el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz.

Más adelante, la parte acusadora particular formuló solicitud de revocatoria de las medidas sustitutivas que mereció la Resolución C-171/2018 de 18 de julio, rechazando lo impetrado; por lo que, interpuso recurso de apelación incidental resuelto por los Vocales demandados a través del Auto de Vista 344/2018 de 27 de septiembre, determinando imponer la detención preventiva de la procesada en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes, sin observar las causales de improcedencia para la aplicación de dicha medida extrema, contenidas en el art. 232 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Refiere que, advertidos del error en el que incurrieron las autoridades demandadas, mediante Auto Motivado de Corrección de Procedimiento de 28 de septiembre de 2018, revocaron en parte el Auto de Vista 344/2018 determinando su detención domiciliaria, fallo que carece de la debida fundamentación, y una adecuada valoración de las anteriores resoluciones judiciales de medidas cautelares.