SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2019-S2
Fecha: 11-Mar-2019
DICHO PROCESO
Resolviendo la referida apelación incidental, las Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -ahora autoridades demandadas-, por Auto de Vista de 26 de mayo de 2017, declararon inadmisible el recurso de apelación incidental interpuesto, sin examinar el fondo de la problemática planteada, con el fundamento que la SCP 0200/2014 restituyó la cosa juzgada; razón por la cual, la excepción planteada resulta extemporánea y que el Juez a quo no tenía competencia para resolverlas al estar ejecutoriado “…DICHO PROCESO…” (sic).
Resolviendo la referida apelación incidental, las Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -ahora autoridades demandadas-, por Auto de Vista de 26 de mayo de 2017, declararon inadmisible el recurso de apelación incidental interpuesto, sin examinar el fondo de la problemática planteada, con el fundamento que la SCP 0200/2014 restituyó la cosa juzgada; razón por la cual, la excepción planteada resulta extemporánea y que el Juez a quo no tenía competencia para resolverlas al estar ejecutoriado “…DICHO PROCESO…” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- DICHO PROCESO
- a)
- I.1.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- 23208-2018-47-AAC
- III.1. La cosa juzgada constitucional
- exista identidad parcial de sujetos
- III.2. El derecho de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva
- III.3. El derecho a la impugnación
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Respecto al expediente 23208-2018-47-AAC
- III.5.2. Con relación al expediente 22744-2018-46-AAC
- conceder en parte
- 1° REVOCAR en parte
- 2° CONFIRMAR
- MAGISTRADO