SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2019-S2
Fecha: 13-Mar-2019
I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido a instancia del Ministerio Público en su contra por la supuesta comisión del delito de estafa, fue sentenciado a la pena privativa de libertad de tres años y seis meses de presidio; sin embargo, el mandamiento de condena fue dejado en suspenso por decisión del “juez de garantías” dentro de una acción de amparo constitucional interpuesta contra los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia; pese a ello, el 28 de noviembre de 2017, fue aprehendido por funcionarios policiales, quienes dieron ejecución al mencionado mandamiento de condena, siendo conducido al Centro de Rehabilitación Palmasola de Santa Cruz.
Así, la autoridad demandada convalidó su ilegal aprehensión mediante la emisión de la Resolución de 30 de noviembre de 2017; por la que, levantó la suspensión del mandamiento de condena, fallo que fue dispuesto cuando ya se encontraba privado de libertad, a pesar que el respectivo Juez de garantías, indicó que la suspensión del mandamiento continuaba vigente.
- accion
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.3.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.3.2.2. Informe de las personas demandadas
- no conceder
- I.4.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 11
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La formulación de acciones de defensa y sus efectos en los procesos en la jurisdicción ordinaria
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- CONFIRMAR