Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2019-S2
Fecha: 13-Mar-2019
II.4.
II.4. Por Resolución de 30 de noviembre de 2017, el Juez ahora demandado, dejó sin efecto el decreto de 21 de septiembre de igual año y restituyó la vigencia del mandamiento de condena contra el peticionante de tutela, al constatar que el Auto Definitivo de acciones de defensa 01/17 de 18 de igual mes y año, emitido por el Juez Público Mixto Segundo de Guayaramerín del departamento de Beni, rechazó in limine la acción de amparo constitucional interpuesta por el demandante de tutela -contra los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia- (fs. 9).
- accion
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.3.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.3.2.2. Informe de las personas demandadas
- no conceder
- I.4.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 11
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La formulación de acciones de defensa y sus efectos en los procesos en la jurisdicción ordinaria
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- CONFIRMAR